Apuntes económicos en la calle, numero 3

 

Inclusión financiera, rebaja del IVA ¿Cómo funciona?

 

 

El pasado mes de abril del corriente años se aprobó por parte del poder legislativo la denominada ley de inclusión financiera, la cual entro en vigencia en alguno de sus aspectos el 19 de mayo pasado.

A partir de primero de agosto comienza a regir una de las disposiciones de carácter netamente económico y de significativa importancia. Esto es nada más y nada menos que la tan ansiada  rebaja del IVA en las compras realizadas a través de instrumentos financieros de crédito y debito. Para el caso de las tarjetas de debito y el llamado dinero electrónico la rebaja será de 4 puntos de IVA entre el 1 de agosto del 2014 y el 31 de julio de 2015. Tres puntos de rebaja en el siguiente año móvil y finalmente dos puntos porcentuales desde el 1 de agosto de 2016 en adelante.  Esta rebaja de 4 puntos porcentuales equivale a una reducción de 3,28 % en el precio de los productos gravados con la tasa básica (22%) una reducción de 3,64% en el precio de los productos gravados con la tasa minima (10%).

El tema de la rebaja del IVA, impuesto sumamente regresivo e injusto en tanto recae fundamentalmente sobre los trabajadores en general, es una medida de suma importancia desde el punto de vista distributivo.  Es en definitiva una verdadera rebaja de los impuestos que se sentirá en el bolsillo de la gente.

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